12 ene 2010

DERECHO DE DEFENSA Y GRABACIONES ILEGALES

Jurismadrid, 11.01.10.

Hablar de Estado de Derecho implica que quien actúa en contra de la ley vea sancionada su conducta, que no exista impunidad para quien se salta las normas que rigen nuestra convivencia. Pero también implica que esa condena no se produzca sino como resultado de un proceso justo, en el que la culpabilidad se vea confirmada con pruebas y en el que la persona acusada pueda ejercer plenamente su derecho de defensa.

Y para que esa defensa sea una realidad efectiva, nuestro ordenamiento prevé la intervención de un profesional del Derecho –el abogado- y dota de una serie de garantías a su actuación. Entre ellas, es básica la existencia del secreto profesional: el acusado debe poder comunicarse con su letrado en un marco de plena confianza y con la seguridad de que sus confidencias están protegidas.

Recordar esto a los ciudadanos es una necesaria labor didáctica, para concienciarles de que no existen atajos en la persecución de las conductas ilícitas y la determinación de responsabilidades, de que las garantías, las obligaciones y los derechos son para todos, de que esto hace más libre y más justa nuestra sociedad y no necesariamente menos eficaz en la persecución del delito… Pero, si es imprescindible hacerlo con los ciudadanos, tener que recordar conceptos tan elementales a los responsables políticos, a los jueces o a los abogados es algo que resulta cuando menos descorazonador.